Afirma [el TS] que el «derecho a decidir» no está reconocido en ningún tratado internacional y que, caso de ejercitarse, según la Convención de Derechos Humanos de 1951 y la Carta de Derechos de Lisboa de 2010, «es, por definición, un movimiento antidemocrático»
El Diario Vasco (13.06.2021)