La sentencia del Tribunal Constitucional en la cual reconoce que sólo se han de contar las rentas propias para otorgar el subsidio a los parados de más de 55 años acaba con la negativa del Servicio Público de Ocupación Estatal (SEPE) a otorgar esta ayuda a quien conviviese con personas que tenían otras rentas. La resolución es resultado del recurso de inconstitucionalidad presentado por 50 diputados socialistas hace cinco años.
El diari del treball (10.07.2018)