El juzgado de lo Social 31 de Barcelona concluye que diez mensajeros de la empresa de repartos debían ser empleados y no autónomos
El juez Raúl Uría Fernández argumenta que existe relación laboral por varios motivos, como que la organización del trabajo reside en Deliveroo y que los riders en realidad tienen escasa libertad
«Poca consideración hacia la autonomía de los repartidores supone dirigirles expresiones como (…) ‘debéis marcar como entregado en la puerta del cliente», recoge la sentencia
El diario (12.06.2019)